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29.01.2014

El CatSalut prohíbe el uso, promoción y venta de cigarrillos electrónicos en los centros de la red sanitaria pública de Cataluña

El 1 de enero de 2014 entró en vigor la instrucción 08/ 2013 del Servicio Catalán de la Salud (CatSalut) que prohíbe el uso, la promoción y la venta de cigarrillos electrónicos en los centros, servicios y establecimientos sanitarios del sistema sanitario integral de utilización pública de Cataluña (SISCAT), entre los que se encuentra nuestro centro Institut Freedman.

El consumo de tabaco constituye uno de los principales problemas de salud pública, siendo el factor responsable de alrededor de 9.000 muertes cada año en Cataluña, y los estudios científicos disponibles en relación a los cigarrillos electrónicos muestran que contienen diversas sustancias idénticas a las del tabaco (como la nicotina), además de otras sustancias tóxicas. Por otra parte, ningún estudio ha demostrado la seguridad de su uso ni para las personas que las consumen ni para otras personas de su entorno, ni tampoco existe ninguna evidencia probada científicamente que certifique que este producto es eficaz para dejar de fumar. Además, la proliferación de los cigarrillos electrónicos puede comprometer el importante avance logrado en los últimos años en relación a la desnormalización del tabaco en el seno de la sociedad.

Diferentes entes y organismos de referencia en el ámbito de la Salud, como la Organización Mundial de la Salud (OMS), el Comité Nacional para la Prevención del Tabaquismo (CNPT), el Consejo Asesor sobre el Tabaquismo de Cataluña, la Red Catalana de Atención Primaria Sin Humo, la Red Catalana de Hospitales Sin Humo han aconsejado, a través de sus respectivos posicionamientos, la no utilización por parte de los consumidores de cigarrillos electrónicos hasta que no haya datos que demuestren que se trata de un producto seguro y un organismo competente así lo certifique, y la prohibición de uso de estos productos en los centros sanitarios.

Y a su vez, el pasado mes de noviembre, la Agencia de Salud Pública de Cataluña propuso que se adoptaran para los cigarrillos electrónicos las mismas restricciones que se aplican al acceso al tabaco de los menores, al tiempo que se asumieran para la publicidad de estos productos las mismas normativas que regulan la publicidad y los patrocinios del tabaco, así como las limitaciones de consumo en espacios públicos cerrados.

En base a todas las recomendaciones y de acuerdo con el principio de precaución que establece la Ley de salud pública y los principios de promoción de la salud y prevención de la enfermedad que recoge la Ley de ordenación sanitaria de Cataluña, el CatSalut ha dictado la instrucción de prohibición de cigarrillos electrónicos en los centros sanitarios del SISCAT, considerando que a estos productos les puede ser de aplicación la Ley 28 /2005 de medidas sanitarias frente al tabaquismo y reguladora de la venta, el suministro y la publicidad de los productos de tabaco, así como la Ley 20 /1985 de prevención y asistencia en materia de sustancias que pueden generar dependencia.



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